miércoles, 9 de mayo de 2012

EL DÍA EN LA AUDIENCIA: CONSTANCIO ARIAS SE DECLARA POBRE

El 23 de abril de 1913 se acuerda la suspensión del juicio oral de la querella que por supuestas injurias ha interpuesto Constancio Arias, director de El Correo de Zamora contra Francisco Alfonso, Carlos Calamita y subsidiariamente contra Enrique Calamita.

Constancio Arias, solicita ser declarado pobre por el tribunal con el objeto de disfrutar de los beneficios que la ley le otorga : defensa gratuita, exención de pagos al procurador, exención de honorarios a peritos y de gastos o indemnizaciones a los testigos que declaren, entre otros.

Y esta pretensión debe sustanciarse en una pieza separada, por ello el 6 de mayo ante el Tribunal de Derecho, se ve el incidente de apelación interpuesto por Constancio Arias, contra la sentencia dictada por el juez de esta capital, declarando rico en sentido legal al señor Arias e imponiéndole las costas en la querella que intentaba presentar contra Enrique Calamita Matilla, y en cuyo incidente y a nombre del apelado, se opuso el procurador señor Calonge, dirigido por el letrado don Juan Petit.

Formuló también su oposición a las pretensiones del apelante, el abogado del Estado.

Abierta la sesión, se le concedió la palabra al señor Arias, quien solicitó que se revocase el anterior dictamen y que se le impusiera la mitad de las costas al señor Calamita, y la otra mitad al juez instructor, para quien pidió también una corrección disciplinaria, por la injusticia notoria del fallo.

La intervención causó un gran revuelo en la Sala y el magistrado se vio obligado a insistir repetidamente al señor Arias que rectificase, porque estimaba ofensiva su intervención para el autor del fallo recurrido.

El señor Petit después de entonar un himno justiciero y merecido a las cualidades del ejemplar funcionario señor de la Cuesta, que para bien de la justicia desempeña el Juzgado de Zamora, dijo, que la mejor contestación a las gratuitas afirmaciones del apelante era la brillante e inmaculada historia forense de tan respetable funcionario, y terminó oponiéndose a las pretensiones del apelante, porque la prueba practicada en autos ponía de manifiesto que solo la temeridad del señor Arias podía hacer que éste intentase el que se le declarase pobre en sentido legal.

Quedando el asunto concluso para sentencia.


NUESTROS PROCESOS

Como era de esperar, dada la rectitud y acrisolada probidad de la Sala de esta Audiencia provincial, el fallo dictado por la misma en la demanda incidental de pobreza instada por don Constancio Arias Rodríguez, director de El Correo de Zamora periódico tradicionalista y con censura eclesiástica, en la querella por supuestas injurias contra el editor de nuestro diario don Enrique Calamita, ha sido en un todo confirmatorio del que pronunció en primera instancia el dignísimo y justiciero juez don Teófilo de la Cuesta.

Es decir, que en méritos de Justicia la Sala declara que a don Constancio Arias Rodríguez, no se le puede, como solicitaba, declarar pobre, en sentido legal, para litigar, puesto que así lo justifican las pruebas que alegó la representación del señor Calamita, al oponerse a esas pretensiones del director del diario tradicionalista El Correo de Zamora.

Claro es que el Tribunal sentenciador -y también por ser de justicia- tampoco ha accedido a la otra pretensión del señor Arias Rodríguez, de que se impusiera una corrección disciplinaría al señor juez de primera instancia.

Heraldo de Zamora, 13/05/1913


El día 19 de mayo, Constancio Arias deja de ser director de El Correo de Zamora, desconozco si a raíz de dicho incidente en la Sala, y el 24 de mayo la Sala de la Audiencia dicta un auto declarando que no ha lugar a la admisión de recurso de casación por quebrantamiento de forma ni tampoco al anunciado por infracción de ley en el modo y forma que interesaba el procurador Sr. Pérez en nombre y representación del ex-director de El Correo.

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